Algunos jubilados de CABA podrán dejar de pagar el ABL
A partir de una iniciativa de la legisladora de la Ciudad de Buenos Aires, Graciela Ocaña (Confianza Pública) oportunamente incorporada al régimen de exenciones, ya rige un beneficio para que los jubilados que cumplan determinados requisitos puedan quedar exentos del pago del impuesto municipal.
“Se trata de una excelente noticia para los adultos mayores que vienen siendo relegados desde hace años y condenados a la pobreza, a pesar de haber trabajado y realizado aportes toda su vida. Los jubilados tienen derecho a una vida plena y deben dejar de ser tomados por los distintos gobiernos como la variable de ajuste”, aseguró Graciela Ocaña, que impulsa esta iniciativa como presidenta de la Comisión de Personas Mayores de la Legislatura porteña.
De acuerdo al Código Fiscal Vigente, aquellos jubilados y pensionados que cumplan con los siguientes requisitos podrán acceder a la exención total o parcial del ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) en el ámbito de ciudad de Buenos Aires:
● Deben ser propietarios, condóminos, o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia.
● Deben ocupar efectivamente el inmueble.
● No deben ser titulares de otros inmuebles dentro del territorio nacional
● Deben cobrar un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital y móvil o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor ($539.000)
● Respecto al inmueble: La valuación no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención. Pero como el importe no figura en la boleta, la legisladora Graciela Ocaña puso a disposición de todos las siguientes alternativas para evacuar sus dudas: Por teléfono al 4338-3026/4338-1016 ó por e mail al correo: exencionesabl@gmail.com
Para realizar el trámite online se debe ingresar al sitio web (www.agip.gob.ar/tramites/247/3) de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y dirigirse al apartado “Inmobiliario / ABL - Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados”.
Para completar el formulario es necesario tener a mano la siguiente documentación:
● DNI del beneficiario.
● Último recibo de haber jubilatorio o de pensión.
● Título de la propiedad.
● Si es inquilino, el contrato de locación vigente.
● Si es usufructuario, Escritura con usufructo.