ARCA permitirá a los monotributistas emitir comprobantes de venta por medios electrónicos
La herramienta está diseñada para facilitar la facturación en comercios de cercanía, tales como almacenes, bazares, carnicerías, ferreterías y kioscos. Asimismo, es aplicable a trabajadores que realicen oficios como carpintería, reparación de bicicletas, electricidad, herrería, plomería y mecánica, entre otros.
Mediante la Resolución General 5602/2024, publicada en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), otorgó a los monotributistas la capacidad de emitir comprobantes de venta de bienes y servicios a través de dispositivos móviles y computadoras. Esta normativa, aunque oficializada este martes, entrará en vigencia el segundo día hábil siguiente a su publicación. Se estima que esta medida beneficiará a más de 4.5 millones de contribuyentes en el país.
El nuevo sistema denominado "Facturador" se presenta como una herramienta alternativa de facturación simplificada, ágil y dinámica. Su propósito principal es facilitar la emisión de comprobantes electrónicos originales que respalden las transacciones realizadas con consumidores finales por aquellos contribuyentes que están adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Hasta el momento, el uso de esta herramienta estaba restringido a monotributistas sociales y a aquellos que se encontraban en las categorías A, B y C. Sin embargo, la reciente decisión del Gobierno amplía el acceso a este recurso tecnológico al incluir a las demás categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
La plataforma se ha establecido con el objetivo de permitir a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado emitir de manera más sencilla, rápida y efectiva comprobantes electrónicos que respalden sus operaciones en el mercado interno, específicamente en transacciones con consumidores finales.
La herramienta está diseñada para facilitar la facturación en comercios de cercanía, tales como almacenes, bazares, carnicerías, ferreterías y kioscos. Asimismo, es aplicable a trabajadores que realicen oficios como carpintería, reparación de bicicletas, electricidad, herrería, plomería y mecánica, entre otros.