El Gobierno introdujo cambios en la regulación de sociedades de defensa de derechos de autor
Desde ahora, los autores podrán recibir directamente los beneficios de sus obras, prescindiendo de intermediarios. Los titulares de derechos tendrán la libertad de asociarse a una o varias SGC o gestionar sus derechos de forma individual.
El Gobierno promulgó el jueves el Decreto 138/25, que introduce cambios significativos en la regulación de las sociedades de gestión colectiva (SGC), destinadas a representar a autores, artistas y creadores de distintas disciplinas. Desde ahora, los autores podrán recibir directamente los beneficios de sus obras, prescindiendo de intermediarios. Los titulares de derechos tendrán la libertad de asociarse a una o varias SGC o gestionar sus derechos de forma individual.
Las sociedades deberán acreditar su capacidad para administrar los derechos ante el Registro pertinente y estarán reguladas por la Dirección Nacional del Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia. Entre las nuevas disposiciones, se establece que las SGC no podrán destinar más del 30% de los ingresos a gastos administrativos y estarán obligadas a respetar la decisión de aquellos titulares que opten por gestionar sus derechos por cuenta propia.
Además, las tarifas deberán ser proporcionales al uso real de las obras, y los pagos a los titulares deberán efectuarse en un plazo máximo de dos meses. Las sociedades tendrán que publicar anualmente sus balances, tarifas aplicadas y esquemas de distribución de fondos.
Asimismo, se prohíbe conservar ingresos no distribuidos; si en un lapso de cuatro meses no se identifica al titular correspondiente, esos fondos serán redistribuidos entre los demás asociados. Las SGC dispondrán de 180 días para adecuar sus estatutos a estas nuevas regulaciones.
El Ministerio de Justicia será el encargado de fijar los límites máximos que las SGC podrán cobrar a los usuarios, considerando el tipo de obra y su uso específico. Esta reforma también impacta a sociedades consolidadas como AADI-CAPIF y SAGAI, que deberán ajustarse a las nuevas normativas, permitiendo mayor competencia y acuerdos bilaterales entre creadores y usuarios.