El Senado trata el Código Procesal Penal
El senador kirchnerista Rodolfo Urtubey destacó que el texto fue mejorado a partir de los cambios propuestos y aclaró que para entrar en vigor requerirá de leyes suplementarias.
La Cámara alta avanza este miércoles hacia la media sanción del Código Procesal Penal. Por Continental Rodolfo Urtubey, senador del Frente para la Victoria, destacó que, “a partir de los cambios propuestos por la oposición, la iniciativa fue mejorada”. En Antes que Mañana, aclaró que el texto “no podrá entrar en vigencia inmediatamente”, ya que se necesitan leyes suplementarias previamente. “Hay que crear una implementación y, además, adecuar la Ley de Ministerio Público”, precisó.
Entre los más de cuarenta cambios introducidos al proyecto se modifica el artículo 35 referido a la Suspensión del Proceso a Prueba, vinculado a los extranjeros que sean encontrados en flagrancia delictiva. En ese sentido, el Código ya no discrimina entre extranjeros en situación regular o irregular, aunque a los primeros les otorga la posibilidad de solicitar una probation en el país. De ese modo, se mantiene la posibilidad de que sean expulsados del territorio nacional, siempre que el delito que se les imputa conlleve el cumplimiento de una pena privativa de la libertad cuyo mínimo no fuere superior a tres años de prisión y que no se vulnere el derecho de reunificación familiar. La expulsión conlleva la prohibición de reingreso que no puede ser menor a cinco ni mayor a quince años.
Asimismo, se mantiene la posibilidad de mantener detenido a quien haya sido encontrado en flagrancia durante 72 horas y se agregó la posibilidad de que el fiscal pueda prorrogar esa detención por 72 horas más. Otra modificación es la eliminación de la "conmoción social" como uno de los agravantes que debe tener en cuenta el juez para dictar la prisión preventiva. No obstante, se mantienen otros aspectos a tener en cuenta por el magistrado, como la existencia de peligro de fuga del acusado o que este pueda entorpecer la investigación en función de la gravedad de las circunstancias del delito, su naturaleza o las condiciones del imputado.
El plenario de comisiones también recortó las facultades que poseía el Ministerio Público Fiscal para distribuir a los fiscales en las diversas causas. Según la nueva redacción, el procurador general de la Nación y el defensor general de la Nación podrán compensar la distribución de las causas existentes entre las Fiscalías y Defensorías ante cada Cámara "mediante un sorteo que garantice la distribución equitativa".
Los senadores no modificaron la facultad del fiscal de estar a cargo de la investigación preparatoria que puede tardar hasta un año y que concluye con la acusación del imputado, exhibiendo las pruebas pertinentes al juez. En la preparación del juicio se decidirá qué pruebas se tendrán en cuenta y se determinará el tribunal que se hará cargo del proceso oral y público. La tercera etapa de la causa es el juicio en sí mismo. Todo el proceso no puede durar más de tres años. Se busca así dar mayor agilidad a los juicios. Además, se crean 17 nuevas fiscalías y 1.713 nuevos cargos en las fiscalías y defensorías de todo el país.
Otra de las potestades de los fiscales es que podrán decidir cuáles delitos investigar. Sin embargo, el nuevo Código los obliga a investigar las causas contra funcionarios cuando se les atribuyera un delito cometido en el ejercicio de su cargo o episodios de violencia doméstica o discriminación.