Fallo a favor del Gobierno porteño por línea 0800 para denunciar intromisión política en escuelas
La Cámara resolvió rechazar el amparo presentado por el abogado constitucionalista Roberto Boico, que solicitaba a la Justicia declarar la "inconstitucionalidad" de la norma.
La Justicia porteña hizo lugar hoy a la apelación presentada por el gobierno de la Ciudad y revocó la sentencia que restringió la línea telefónica 0800 para recibir denuncias anónimas sobre "intromisión política" en escuelas, al descartar que sea "inconstitucional".
La Cámara resolvió rechazar el amparo presentado por el abogado constitucionalista Roberto Boico, que solicitaba a la Justicia declarar la "inconstitucionalidad" de la norma habilitante de la línea telefónica para recibir denuncias sobre intrusión política en los colegios de la Ciudad.
La jueza Mariana Díaz expuso que la "ilegitimidad que se le imputa a la línea telefónica derivaría de su carácter discriminatorio".
"El quiebre de la igualdad, indispensable para sostener la existencia de discriminación, supone que algo se permite o prohíbe a un grupo mientras que la concesión o veda discutida no alcanza a otros sujetos, pese a que entre ambos no existen elementos de distinción válidos", advirtió.
La camarista sostuvo que "ni bajo la denuncia de discriminación, ni por afectación de la libertad de expresión, ni por el potencial riesgo de suscitar reproches disciplinarios o persecutorios, se puede dar por configurado un supuesto que habilite el control judicial requerido a fin de lograr la declaración de inconstitucionalidad de la norma habilitante de la línea de atención telefónica gratuita para recibir denuncias sobre 'intromisión política' en los colegios de la Ciudad".
Boico había pedido además a la Justicia que "ordene el cese inmediato de la persecución política a jóvenes militantes, se remitan actuaciones al INADI y a la Legislatura ante la posible configuración de un hecho que amerite la iniciación de un juicio político por mal desempeño del jefe de Gobierno y del ministro de Educación por discriminación y persecución ideológica".
En el fallo, firmado con los votos a favor de los jueces Mariana Díaz y Esteban Centanaro, y la disidencia de Carlos Balbín, se dispuso revocar la sentencia dictada en primera instancia en la cual la jueza Elena Liberatori hizo lugar a la acción de amparo.
Dispuso que se adapte debidamente conforme a derecho el funcionamiento de la línea telefónica en cuestión y ordenó al ministro de Educación, Esteban Bullrich, "abstenerse de ejercer potestad sancionadora alguna en relación a estudiantes y docentes de escuelas.