La AFIP subió 22% el piso de ingresos para autorizar la venta del dólares
Hay que tener ingresos por al menos $8.800 mensuales, pero el tope se mantiene en u$s2.000. Así, quedan oficialmente excluidos del mercado cambiario legal los monotributistas
La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) actualizó los parámetros que definen quiénes pueden adquirir dólares para atesoramiento y cuántas divisas pueden se les pueden vender.
Con ese piso, cada contribuyente puede destinar hasta el 20% de sus ingresos mensuales declarados a la compra de dólares –con un tope de u$s2.000 al mes- con distintas fórmulas:
- Para los trabajadores en relación de dependencia, es el 20% de la remuneración neta mensual promedio de los últiomos 12 meses.
- Para los autónomos, es el 20% de los ingresos netos mensuales promedio declarados en la última presentación.
- Y para los monotributistas, es el 20% neto máximo de facturación de cada categoría, mensualizados.