La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) actualizó los parámetros que definen quiénes pueden adquirir dólares para atesoramiento y cuántas divisas pueden se les pueden vender.
 

La única modificación es el piso de ingresos que debe tener un contribuyente para poder acceder al mercado cambiario formal, que subió a $8.800 mensuales, el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. Hasta ahora, el mínimo de ingresos por el cual se validaban las operaciones para atesoramiento era de 7.200 pesos.

Con ese piso, cada contribuyente puede destinar hasta el 20% de sus ingresos mensuales declarados a la compra de dólares –con un tope de u$s2.000 al mes- con distintas fórmulas:
  • Para los trabajadores en relación de dependencia, es el 20% de la remuneración neta mensual promedio de los últiomos 12 meses.
  • Para los autónomos, es el 20% de los ingresos netos mensuales promedio declarados en la última presentación.
  • Y para los monotributistas, es el 20% neto máximo de facturación de cada categoría, mensualizados.