La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró por unanimidad este martes como inadmisible un per saltum presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23. La razón principal fue la falta de un caso concreto, causa o controversia que respaldara la solicitud. El per saltum es una medida excepcional que permite omitir las instancias procesales habituales en situaciones de gravedad institucional.