La Corte suspendió las apelaciones ante las cámaras que aún no se conformaron
En el Boletín Oficial, el máximo tribunal supeditó la aplicación de una de las leyes de la reforma judicial hasta tanto se creen las nuevas cámaras de casación.
La Corte Suprema resolvió poner un límite a la presentación de recursos de apelación ante las nuevas cámaras de Casación creadas en el paquete de leyes de reforma judicial, que aún no fueron constituidas.
A raíz de una parálisis en las causas por recursos que aún no tienen Cámaras constituidas para definir, la Corte Suprema decidió suspender los recursos extraordinarios ante fallos de los tribunales de segunda instancia.
Se trata de los casos que están sin resolver por las nuevas cámaras de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal; del Trabajo y la Seguridad Social; y en lo Civil y Comercial, que aún no fueron conformadas.
De esta forma, la práctica retrotrae la situación hasta antes de la promulgación de la ley, de modo tal que los recursos presentados en apelación a la segunda instancia serán tratados por la Corte.
El máximo Tribunal, con la firma de todos los jueces, consideró que los recursos ante esas Cámaras seguirán su curso una vez que las mismas sean conformadas.
En una acordada, los supremos resolvieron fijar un tope ante la gran cantidad de recursos que mantienen en suspenso miles de causas y que los abogados, "haciendo su juego", las presentan aprovechando la creación de una tercera instancia, que aún no fue conformada.
La ley 26853 ordenó la creación de las cámaras de casación en lo Contencioso Administrativo Federal, del Trabajo y la Seguridad Social y en lo Civil y Comercial Federal. Además, habilitó su funcionamiento ante recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión.
Paralelamente, la ley que ordenó la creación de las nuevas cámaras enfrenta diversos procesos judiciales que impugnan su validez. El juez Enrique Lavié Pico fue uno de los que dictó una medida cautelar para suspender la creación de los nuevos tribunales.