Migraciones vigilará de cerca a quienes compren dólares
El organismo que regula la entrada y salida en el país informará al Banco Central si quienes solicitaron comprar moneda extranjera abandonaron el país en las fechas que manifestaron ante la AFIP.
Hasta ahora uno de los pocos motivos por los que se podían comprar dólares era para gastarlos afuera del país, pero a partir de esta semana esa opción también estará más controlada.
De ahora en adelante la Dirección Nacional de Migraciones, que mantiene la base de datos que registra la entrada y salida de personas del país, cotejará esa información con la que los bancos utilizan para cargar los datos de las personas que compraron moneda extranjera para viajar hacia el exterior.
El problema surgirá cuando se detecte a personas que adquirieron dólares pero no viajaron en la fecha establecida. Para ellas el Banco Central estableció un lapso de cinco días hábiles para devolver los billetes que le vendieron.
Todo este asunto se encuentra detallado en la circular A 5318. Dentro de la misma el BCRA estableció que “el cliente asume el compromiso de reingreso de los fondos dentro de los cinco días hábiles siguientes, en el caso de suspensión del viaje. Las postergaciones de fecha por más de 10 días hábiles se considerarán como suspensiones del viaje por el cual se solicitó el acceso al mercado local de cambios”.
Como indica la circular, lo que sucederá es que luego de ese período quien esté en falta recibirá una intimación del propio Banco Central para que haga un descargo por la situación. Pero si sus justificaciones no son satisfactorias, la persona será considerada infractora y por ello se le aplicarán las sanciones previstas en la Ley Penal Tributaria, según lo publicado por el diario Clarín.