La AFIP dispuso cambios en el procedimiento para solicitar la impresión de facturas, que comenzarán a regir a partir de noviembre.
A través de dos resoluciones (RG 3665/14 y RG3666/14), el ente recaudador que dirige Ricardo Echegaray cambió el modo de impresión de comprobantes para aumentar controles, según consignó hoy el diario El Cronista.


Por un lado, los comprobantes tipo C, que emiten los monotributistas, deberán incluir el Código de Autorización de Impresión (CAI), que tiene fecha de vencimiento, y que hasta ahora sólo se utilizaba para las facturas tipo A y B de los inscriptos en el IVA.
Los monotributistas exentos y no alcanzados deberán adecuarse a partir del 1 de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril del año próximo.


Por otro lado, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo R, mientras que los tipo X subsistirán únicamente para los traslados internos.


A su vez, los responsables inscriptos en el IVA también deberán adaptarse a nuevos cambios. Desde el 1 de noviembre próximo y hasta el 31 de marzo de 2015 tendrán que confirmar o rectificar los puntos de ventas en la página de Internet de AFIP.
Según la nueva disposición, consignada en El Cronista, el esquema de autorización es el siguiente: