Multaron al intendente de San Isidro por no aclarar los dichos sobre las inundaciones de La Plata
La medida la adoptó el juez Luis Arias que lleva adelante la investigación judicial sobre la cantidad de víctimas fatales de la inundación y que determinó que hubo 89 muertos.
La Justicia en lo Contencioso Admnistrativa de La Plata multó hoy con 80 mil pesos al intendente de San Isidro, Gustavo Posse, por su “evidenciada reticencia” a responder los pedidos de informes en los que se le pidió que aclare sus dichos sobre que hubo 360 muertos en la inundación que afectó la capital provincial.
La medida la adoptó el juez Luis Arias que lleva adelante la investigación judicial sobre la cantidad de víctimas fatales de la inundación y que determinó que hubo 89 muertos durante el temporal y 17 casos dudosos.
En la resolución, a la que tuvo acceso Télam, el magistrado explicó que “al día de la fecha no se ha recibido formalmente respuesta alguna a los citados requerimientos”.
Para Arias, Posse “evidencia un comportamiento reñido con elementales deberes de buena fe y colaboración con la tarea jurisdiccional, que además de haber provocado un dispendio jurisdiccional injustificado resulta agravada por la condición de funcionario público que reviste el testigo”.
Según la resolución, el jefe comunal fue notificado por primera vez el 7 de abril de este año de una citación, junto a un pedido de informes, pero al no obtenerse respuesta se libró un “oficio reiteratorio” el 15 de mayo.
“La resistencia y el desdén hacia los mandatos impartidos, que exhibe el funcionario requerido (con el agravante de ostentar el cargo de Intendente Municipal) socava la legitimidad de la función jurisdiccional a mi cargo y frustra en definitiva toda la investigación que se esta llevando a cabo respecto de la actuación estatal”, graficó.
Para valorar la multa, el magistrado tuvo en cuenta la “reticencia evidenciada” a prestar declaración y responder “las órdenes judiciales impartidas, así como también que haya falseado públicamente la realidad de lo acontecido en la causa judicial”.
Además aclaró que la multa “no impide, por su especialidad, el reproche que en sede penal debe efectuarse por la presunta comisión de delitos de acción pública en que hubiere incurrido la autoridad con su conducta”.
El magistrado ordenó también dirigir una copia al Concejo Deliberante de San Isidro a fin de que el cuerpo de concejales “adopten las medidas que crea correspondientes”.