Presentaron un proyecto para que no prescriban los delitos sexuales contra menores
La senadora nacional Sigrid Kunath propuso también la inhabilitación perpetua cuando el autor se hubiera valido de su cargo, profesión o derecho para cometer el abuso.
La senadora nacional Sigrid Kunath presentó un proyecto de ley para que los delitos contra la integridad sexual de los menores de edad no prescriba y propone la inhabilitación perpetua cuando el autor se hubiera valido de su cargo, profesión o derecho para cometer el abuso.
Entre los fundamentos, la legisladora de FpV cita la argumentación de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná que consideró que la acción penal en la causa del cura Justo Ilarraz por abuso sexual no estaba prescripta.
A mediados de junio pasado, esa Cámara no hizo lugar al pedido de prescripción de la causa que se sigue contra el ex prefecto del seminario de Paraná, acusado de abusar de al menos de 50 seminaristas de entre 10 y 14 años entre l984 y l992.
Las denuncias de violaciones en el Seminario de Paraná se conocieron en 2012 y fueron reveladas por un informe periodístico, que dio cuenta además que la investigación interna que se le hizo al cura nunca fue elevada al Vaticano ni puesta en conocimiento de la justicia ordinaria.
A raíz de ese ocultamiento, en la causa están citados a declarar los tres últimos arzobispos de la capital entrerriana, Estanislao Karlic, Luis Maulión y el actual, Juan Puiggari.
Ilarraz está imputado de corrupción agravada, debido a que tenía a su cargo a los seminaristas presuntamente abusados.
El delito por el que se acusa al cura tiene una pena máxima de quince años de prisión pero, como los hechos denunciados datan de los años 80 y 90, la defensa del religioso argumentó que la acción penal había prescripto antes de comenzar la investigación.
En declaraciones a Télam, la legisladora explicó que “si bien ha habido avances legislativos como la ley Piazza (26.705), que plantea que la prescripción comienza a correr cuando la víctima cumple 18 años, sabemos que no siempre al cumplirse esa edad ya se está en condiciones de poder hablar de esto".
La situación se agrava "cuando se trata de abusos que se llevan a cabo dentro de instituciones y por personas que, estando habilitadas para sus funciones de educación o guarda, someten y abusan sistemáticamente de niños y niñas”, explicó.
"Los delitos contra la integridad sexual de los niños, niñas y adolescentes son temas sumamente delicados y complejos en los cuales las víctimas por lo general optan por el silencio frente a las dificultades que se plantean para poder expresar y contar las situaciones por las que han pasado, especialmente en estos casos en los cuales hay una situación de aprovechamiento de un determinado rol de autoridad frente a las víctimas", agregó.
Además, "no solamente es difícil hablar de estos temas, sino que es mucho más complejo llegar a su judicialización”, destacó.
La legisladora se apoya en su proyecto la jurisprudencia de la Corte Internacional de Derechos Humanos, que desarrolló la doctrina de la tutela judicial efectiva, prevista en el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto San José de Costa Rica, ratificada por Ley en la Argentina, y en la Convención Internacional de los Derechos del Niño ratificada por Ley 23.849.
Estos preceptos se ven reforzados por las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condiciones de
vulnerabilidad.