Promulgan la ley de publicidad de los fallos
Se trata de la norma que insta a la Corte Suprema y a los tribunales de segunda instancia a publicar íntegramente todas las acordadas y resoluciones, el mismo día de su dictado.
El Poder Ejecutivo reglamentó este jueves, a través del decreto 574, la ley que obliga a todos los tribunales nacionales y federales a dar a conocer sus sentencias y a publicarlas a través de una página web.
Además, la norma ordena a la Corte Suprema de Justicia y los demás tribunales inferiores a publicar una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite ante dichos estrados, cualquiera sea la vía procesal que hayan transitado.
En consonancia, la Corte Suprema firmó el miércoles una acordada en la que establece que los fallos serán publicados "exclusivamente" a través de la página web del Centro de Información Judicial (CIJ), la agencia de noticias que depende del máximo tribunal.
Los fundamentos del texto se refieren a las facultades de la Corte como "órgano superior de la organización judicial" y a su deber de garantizar el "derecho a la información pública", que es "el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y sus funcionarios públicos se desempeñan".
La disposición fue firmada por todos los integrantes del alto tribunal, excepto Raúl Zaffaroni, que está de viaje. Uno de los jueces explicó que la exclusividad no es absoluta: los tribunales tienen la obligación de enviar sus sentencias al CIJ para que allí se publiquen.