Según la ley 26.571 aprobada en 2009, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales (de octubre), siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.

En las primarias del próximo 11 de agosto, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales: 127 diputados nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 senadores en las provincias de Tierra del Fuego, Entre Rios, Salta, Neuquén, Chaco, Río Negro; Santiago del Estero y la Ciudad de Buenos Aires.

Las agrupaciones políticas que postulen una única lista también deben presentarse en las elecciones primarias ya que son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellas que postulen una única lista de precandidatos, dado que son el único método habilitante para la selección de candidaturas.

En las PASO, para que el voto sea válido hay que poner un sólo candidato elegido por categoría: una sola boleta o lista de candidato a diputados, y una sola boleta de candidatos a senadores si corresponde.

Cualquier sobre con más de una opción por categoría, será considerado "nulo".

En el cuarto oscuro el ciudadano encontrará boletas de distintos colores, cada uno de ellos corresponderá a un partido o alianza diferente.

Asimismo, las boletas contendrán las fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.

En caso que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista, y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.

Como sucedía tradicionalmente, las boletas tendrán distintos cuerpos de acuerdo a las categorías electivas para las cuales el partido o alianza presente precandidaturas.

El elector sólo podrá votar por una precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia para cada una de las categorías.

Podrá votar una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como de partidos diferentes.

Lo que no debe hacer es elegir más de una opción para una misma categoría, ya que su voto será computado nulo.

En las primarias tienen el derecho y el deber cívico de votar todos los ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados que tengan 18 años o más a la fecha de la elección.

En tanto, lo podrán hacer de manera optativa los jóvenes de 16 y 17 años, que figuren en el padrón al momento de la elección, y los mayores de 70 años.

Las PASO son obligatorias para todos los ciudadanos se encuentren o no afiliados a algún partido político.

La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los sesenta días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la justicia electoral con competencia electoral de su distrito.

Las elecciones primarias se realizarán en todo el país el domingo 11 de agosto, entre las 8 y las 18 horas.

En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar en mesas mixtas.

Los padrones definitivos podrán consultarse a partir del 12 de julio, según el cronograma electoral difundido por el Ministerio del Interior y Transporte.