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Supermercados podrán suspender a trabajadores "por fuerza mayor o falta de trabajo"
A cambio, los empleados recibirán una prestación no remunerativa equivalente al 50% del salario, según el acuerdo homologado por el Ministerio de Trabajo en base al acuerdo marco entre FAECYS y las principales cámaras empresarias del sector.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina ha oficializado la homologación de las adhesiones al acuerdo marco entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales cámaras empresariales del sector de comercio. Esta resolución permitirá a las empresas suspender a sus trabajadores por razones de fuerza mayor o falta de trabajo, con el pago de una prestación no remunerativa equivalente al 50% del salario.
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