La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido un fallo significativo en un caso relacionado con la transmisión del VIH. Un hombre fue condenado por haber contagiado a su pareja, a quien conocía como portador del virus, resultando en un deterioro permanente de su salud y afectando su calidad de vida de manera global.

La investigación fue conducida por la Fiscalía PCyF Nº 36, especializada en Violencia de Género, bajo la dirección del Dr. Adrián Dávila. La misma demostró que el imputado, consciente de su diagnóstico, no tomó las medidas necesarias para prevenir la transmisión del VIH durante la duración de su relación con la víctima.

Este caso se originó a raíz de la denuncia presentada por la víctima tras enterarse de su diagnóstico. El contagio resultó en una trombosis que llevó a una necrosis permanente en las venas ilíaca y femoral, así como a una edematización crónica de su pierna izquierda. Estas condiciones conllevan riesgos graves a su salud, incluyendo la posibilidad de sufrir una nueva trombosis y la probabilidad de contraer otras enfermedades debido a su estado inmunosuprimido.

La Fiscalía recopiló diversas evidencias, incluidas pruebas médicas y testimonios, que confirmaron que el imputado había sido diagnosticado en marzo de 2013. La relación entre el acusado y la víctima se extendió desde 2011 hasta 2016, durante la cual mantuvieron relaciones sexuales sin adoptar ninguna medida de profilaxis para prevenir la transmisión del virus, lo que indica una falta de precaución de parte del hombre.

El contagio del VIH también provocó en la víctima un trastorno de estrés postraumático, así como problemas en su estado de ánimo, como resultado del impacto emocional de la situación. A partir de estos hechos, la fiscalía imputó al hombre por contagio de una enfermedad de transmisión sexual, además de lesiones graves y gravísimas, con agravantes relacionados con el vínculo y el género de la víctima.

Finalmente, tras un acuerdo de avenimiento homologado por la jueza Fernanda Botana del juzgado 5, el hombre de 56 años fue condenado a una pena de 3 años de prisión en suspenso. Asimismo, se estableció un acuerdo de reparación civil, donde el imputado deberá compensar a la víctima con una suma de 40 mil dólares.

Adicionalmente, la justicia ha estipulado varias reglas de conducta por un período de 3 años, que incluyen la prohibición de contacto con la víctima por cualquier medio, la realización de 80 horas de servicio comunitario en la Fundación Cáritas o en una entidad relacionada con el estudio del VIH, la obligatoriedad de asistir a un taller sobre Violencia de Género, y la obligación de fijar residencia, así como notificar cualquier cambio en esta.