Rechazan el pedido de la defensa de Mangeri para evitar el juicio
Adrián Tenca, había señalado que el requerimiento de elevación a juicio la fiscalía y la querella vulneraron el "principio de congruencia".
La Justicia decidió rechazar el planteo de nulidad presentado por la defensa del portero Jorge Mangeri, acusado de haber asesinado a la joven Angeles Rawson, de 16 años y allanó el camino para el inicio del juicio oral.
Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal señaló que la defensa confundió la descripción de los hechos con su calificación legal.
El titular del Juzgado de Instrucción N° 17 Javier Ríos no hizo lugar al planteo de nulidad interpuesto por la defensa del portero contra los requerimientos de elevación a juicio presentados el mes pasado por la Fiscalía N° 35 y la querella.
Esta medida, casi con seguridad, será apelada por la defensa de Mangeri, por lo que la causa seguirá su curso, hasta llegar al juicio oral y público.
Angeles Rawson, de 16 años, fue asesinada en el interior del edificio de la calle Emilio Ravignani 2460, y el único acusado del hecho es Mangeri.
El cadáver de la joven fue encontrado en un predio del CEAMSE, luego que fuera arrojado a un contenedor de basura.
El actual abogado defensor de Mangeri, había basado su planteo en que la fiscalía y la querella pidieron juzgar al acusado fundándose "en una plataforma fáctica opuesta", lo que en su opinión "vulnera el principio de racionalidad y congruencia y, por ende, la garantía de la defensa en juicio".
Durante el requerimiento de elevación la fiscalía solicitó que sea bajo la figura de "abuso sexual del que resultare la muerte de la persona ofendida", y la querella hizo lo propio por "abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa del que resultara un grave daño a la salud física de la víctima, en concurso real con homicidio agravado criminis causae en concurso ideal con el delito de femicidio".
Adujo también que para la fiscalía -interinamente a cargo de Paula Asaro y en la que Fernando Fiszer coadyuva-, de las pruebas se desprendería "que hubo un solo hecho, una sola conducta y un solo dolo, mientras que para el querellante particular, el plexo probatorio resulta que existieron dos hechos independientes, dos conductas independientes (que concurren realmente entre sí) y dos dolos independientes".
La fiscalía rechazó el agravio en un dictamen, señalando que: "La divergencia sobre la calificación legal del hecho, mantenida por la querella y por éste Ministerio no se funda en una base fáctica distinta a la que fuera leída en la imputación practicada a Mangeri, es decir, se trata de un misma circunstancia de tiempo,modo y lugar de los hechos y con iguales intervinientes en los roles de imputados y amnificada", explicó Fiszer, quien firmó el escrito.
Además criticó a la defensa al indicar que la misma "yerra en su planteo y confunde descripción de los hechos con calificación legal de los mismos".
El derecho de defensa en juicio de Mangeri "en modo alguno" resultó vulnerado, expresa el dictamen, ya que los hechos sobre los que se requirió la elevación a juicio fueron impuestos en indagatoria y expuestos en el auto de procesamiento"-confirmado luego por la Cámara del Crimen-, en los que se sostuvo que se trató de una secuencia de abuso sexual y muerte.
Ahora el juez Ríos rechazó la nulidad e indicó que "la secuencia vinculada al abuso sexual de Ángeles y aquélla que culminó con su muerte, así como también el modo en que fue descartado el cuerpo al ingresarlo al circuito de recolección de residuos, fueron correcta y coincidentemente detalladas por los fiscales y la querella".