El Gobierno reglamentó el contrato laboral para el personal doméstico
Incluye un Servicio de Conciliación Obligatoria. Será obligatorio depositar el salario en cuentas para los que trabajen más de 32 horas semanales y afiliar al emplreado a una ART.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó el "Régimen especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" sancionado en marzo del año pasado para regular la relación laboral entre empleadores y el personal doméstico, que hasta ese momento se regía por un decreto sancionado por la Revolución Libertadora.
Entre las novedades que incluye la reglamentación dada a conocer ayer figura la creación de un "Servicio de Conciliación Obligatoria" para el personal doméstico que funcionará en la órbita del Ministerio de Trabajo. También establece la obligación por parte de los empleadores de abonar los salarios en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria en los casos que este preste servicios durante 32 horas o más por semana.
Además, quien contrate personal doméstico deberá brindarle la cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), la cual no podrá rechazar la afiliación de ningún empleador incluido en su ámbito de actuación. Esta última norma recién entrará en vigencia una vez que los distintos organismos involucrados –AFIP, Superintendencia de Riesgos del Trabajo y Superintendencia de Seguros– dicten la normativa necesaria para "adecuar el sistema establecido a las características de la actividad".
En líneas generales, la normativa reglamentada ayer amplía la protección social hacia un universo de trabajadores con altísimos niveles de informalidad, ya que aumenta las indemnizaciones, la contemplación de licencias y el reconocimiento de las horas extras, entre otros aspectos, destacó por Continental Marta Roncoroni, directora general de la Escuela de Capacitación para el Servicio Doméstico. Otras mejoras para los trabajadores domésticos son la eliminación del período de prueba si no se ha registrado antes la relación laboral ante la AFIP, la prohibición de emplear a menores de 16 años y la de hacer laborar en horarios nocturnos (de 20 a 6) a menores de 18.
El descanso semanal deberá ser de 35 horas corridas desde el sábado a las 13 horas. Roncoroni expresó "su orgullo y emoción por todo esto que nos está pasando". En la misma línea, la directora del instituto de capacitación destacó que el servicio doméstico "ha crecido de la mano del Gobierno nacional y de cada una de las trabajadoras. La obra es inmensa y difícilmente se pueda volver atrás".