Según las propuestas de adecuación aprobadas por los directores de AFSCA, en ambos casos, las empresas deberán ajustarse al límite del 35% de cuota de mercado, contando con 180 días para efectuar las transferencias de licencias necesarias para cumplir con dicho límite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 26.522.