Se aprobó la ley que agrava las penas por femicidio
Establece una condena de hasta prisión perpetua. El año pasado murieron 282 mujeres por violencia de género. La diputada radical, Maria Luisa Storani explicó los beneficios de la nueva ley en Magdalena Tempranisimo
La Cámara de Diputados convirtió anoche en ley una modificación al Código Penal, por la cual podrán recibir reclusión perpetua quienes cometan femicidio, en el marco de una sesión especial en la que fue rechazada una propuesta del Senado y se apoyó con unanimidad la iniciativa original. No es una cuestión menor. Durante el año pasado fueron asesinadas 282 mujeres a causa de violencia de género.
En una votación que no tuvo discursos ni debate, los diputados rechazaron el proyecto que el mes pasado recibió –con cambios– media sanción del Senado y convirtieron en ley el texto original. El texto, respaldado por 222 diputados, propone incorporar la figura del femicidio en el Código Penal como un tipo agravado de homicidio, que establece “agravantes por el vínculo” y descarta el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia.
En el plenario de comisiones de la Cámara baja, en octubre último, todos los bloques se opusieron a la propuesta del Senado porque no contempla las relaciones de noviazgo y requiere convivencia para penalizar de manera agravada la muerte de la persona unida en pareja. La iniciativa amplía el alcance del delito porque califica también el “femicidio vinculado”, que condena a quien cometa un homicidio “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación”.
Así, el artículo 80 del Código Penal establece expresamente prisión perpetua al hombre que “matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género”. Además, el inciso 1 determina que “tendrá pena de reclusión perpetua o prisión perpetua (...) el que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
La nueva ley que se votó ayer en Diputados define al femicidio como “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género” e incluye como causales “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.