La AFIP dispuso que desde septiembre los consumos realizados en el exterior con tarjetas de crédito pagarán 15 por ciento sobre el monto gastado, que su titular podrá deducir del impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales.

La medida fue interpretada en el mercado como una profundización del cepo cambiario.

La decisión del organismo recaudador abarcará también a los países integrantes del Mercosur y la disposición oficial, que lleva el número 3378, será publicada este viernes en el Boletín Oficial, ya que entrará en vigencia el sábado.

La salida de divisas vía compras con tarjetas en el exterior creció exponencialmente: el monto total subió 48,2 por ciento en junio y alcanzó los 289.459.935 dólares, según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).

“A diferencia de otros países –como Brasil, donde se aplica un impuesto del 6 por ciento sobre estos consumos- la medida implica un pago a cuenta que los contribuyentes podrán utilizar para cancelar obligaciones impositivas, como Ganancias o Bienes Personales”, explicó el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Esta nueva disposición regirá para las operaciones realizadas a partir del primero de septiembre y que se liquidarán en octubre.

En forma complementaria, la resolución dispone que las tarjetas deberán informar mensualmente el detalle de los consumos locales y los efectuados en el exterior, sin límites de monto.

Echegaray indicó que “con esta medida, la AFIP busca asegurar el pago del impuesto en aquellos contribuyentes que manifiestan mayor capacidad contributiva”.

Indicó, además, que esa información será cruzada con las solicitudes de adquisición de moneda extranjera para viajar al exterior realizada por los titulares de las tarjetas.