El Senado le dio media sanción a la implementación del Código Procesal Penal
Se trata de un paquete de 6 normas, entre ellas la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, la Organización de la Justicia Federal y el régimen de Subrogancias.
La Cámara de Senadores dio media sanción anoche los seis proyectos de Ley que servirán para la implementación del nuevo Código Procesal Penal, luego de que sea aprobado por la Cámara de Diputados, a partir del 1 de marzo del año próximo. Todas las normas fueron respaldadas por amplia mayoría, aunque la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, la Organización de la Justicia Federal y el régimen de Subrogancias fueron las que más rechazos obtuvieron.
La Ley de Implementación del Código Procesal Penal y la del Ministerio Público de la Defensa fueron aprobadas por 45 votos a 11; mientras que una iniciativa para incorporar “diversas causales de suspensión del juicio a prueba” en el Código Penal recibió 48 votos contra 8. En cambio, la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, la Organización de la Justicia Federal y el Régimen de Subrogancias fueron aprobadas por 37 votos contra 19.
Durante las tres semanas en las que se debatieron, los proyectos sufrieron algunas modificaciones, entre las que figuran varios cambios a la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal de los cuales se destaca la creación de una Procuraduría Especial para la investigación de la apropiación de niños nacidos en cautiverio durante la última dictadura militar.
Asimismo, se agregó la facultad de la Procuraduría de realizar investigaciones genéricas ante delitos que no tengan imputados señalados. También se cambió la Ley Orgánica del Poder Judicial, con la intención de que ese proyecto entre en vigencia en la totalidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no por distritos porteños, como decía la iniciativa originalmente. Asimismo, la Ley de Implementación del Código Procesal Penal elimina la creación de la Comisión de Implementación del Código y le otorga esa facultad a la actual Bicameral de Implementación y Monitoreo del Código que tendrá un organismo asesor que estará integrado por funcionarios judiciales y técnicos en materia de justicia.
Por otra parte, el nuevo régimen de subrogancia establece que sólo el Consejo de la Magistratura puede designar a jueces subrogantes de entre la lista de conjueces que exista en cada jurisdicción. Esa lista se conforma por abogados de la matrícula federal y por todos los secretarios de Cámaras Federales. De no haber lista de conjueces, el Consejo de la Magistratura podrá “excepcionalmente” y por un plazo de hasta 90 días a subrogantes que no formen parte de la lista de conjueces. Además, los senadores retrasaron la entrada en vigencia del Código al 1 de marzo, desde el 1 de septiembre que era la fecha acordada originalmente. Asimismo, se eliminó la categoría de “relator” dentro de las Fiscalías Nacionales de Primera Instancia y se estableció que los demás cargos serán creados por la carrera judicial, el escalafón y el examen.
Por Continental, el doctor Miguel Ángel Caminos, juez de Cámara en lo Criminal, afirmó que vio los proyectos "con preocupación, por la aprobación relámpago del Código, y creemos que algunas cuestiones deben ser reformadas en las leyes de implementación. Se han introducido ya algunas reformas gracias al trabajo del senador Urtubey, pero no son suficientes", consideró en La Mirada Despierta.