La Justicia avaló las nuevas restricciones para usar dólares en el exterior
El Juzgado Federal de Primera Instancia N 2 de Rosario rechazó una medida cautelar para que se suspenda la normativa que establece que se requiere una cuenta en dólares para extraer esa divisa a través de cajeros automáticos.
La medida la dispuso la jueza Sylvia Aramberri, titular del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Rosario, sobre un planteo contra la normativa del Banco Central (BCRA) que exige tener cuenta en moneda extranjera para retirar ese tipo de dinero a través de tarjetas de débito locales en cajeros ubicados en el exterior.
En su resolución, la magistrada señaló que la normativa que se impugna (Comunicación "A" 5294) dispone que a partir del 3 de abril de 2012 inclusive "los retiros de moneda extranjera con el uso de tarjetas de débito locales desde cajeros automáticos ubicados en el exterior, deberán ser efectuados con débito a cuentas locales del cliente en moneda extranjera".
Indicó que el informe producido por el BCRA señaló que "no existe ninguna restricción en la normativa cambiaria para acceder al mercado único y libre de cambios para realizar transferencias por jubilaciones y pensiones…" y que "…los costos de las transferencias al exterior dependen de cada entidad interviniente y no están regulados por las normas cambiarias".
Por ello, la magistrada consideró que "no se advierte una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la norma, en cuanto a la modificación en la modalidad de cobro de los haberes jubilatorios de los actores, que provoque un perjuicio grave e inminente que impida a los mismos disponer de esos beneficios. Tampoco ellos lo han acreditado".
"Se trata además, de una norma dictada por el Banco Central de la República Argentina, en ejercicio de facultades que le son propias", agregó.