La Legislatura de la Provincia sancionó la ley que limita las excarcelaciones
Tras el revés judicial que había sufrido un primer proyecto, la Cámara de Diputados aprobó la norma que impide liberar a quienes sean detenidos con portación de armas.
La Cámara baja bonaerense dio este jueves por la tarde sanción definitiva a la iniciativa que reclamaba el gobernador Daniel Scioli para limitar las excarcelaciones por tenencia ilegal de arma de fuego. La medida ya contaba con el aval del Senado.
El Ejecutivo bonaerense había enviado un nuevo proyecto con retoques a la ley que fue sancionada a finales del año pasado, puntualmente en el apartado que establece que "en ningún caso" se excarcelará al portador del arma, permitiendo al juez tomar esa decisión.
El objetivo de la ley, presentado como parte de las “políticas de pacificación” que promueve el mandatario, es desalentar el uso de armamento en la provincia.
"Buscamos con el Poder Legislativo readecuar la legislación vigente a la realidad, para acorralar y encarcelar a aquellas personas que sean sorprendidas con armas de fuego y que tengan antecedentes. Que entren y no salgan", había dicho Scioli al defender la norma.
Tras la conversión hoy en ley en Diputados, el legislador del FpV-PJ Iván Budassi destacó "el pronto tratamiento de la iniciativa, que no se hubiera logrado sin el compromiso de los bloques oficialistas de ambas cámaras, y el apoyo de gran parte de los bloques de la oposición".
La ley original de excarcelaciones sancionada por la Legislatura en diciembre pasado quedó suspendida por la Suprema Corte antes de comenzar a regir, tras una demanda de inconstitucionalidad de organismos defensores de los derechos humanos.
El máximo tribunal avaló la presentación de la Comisión por la Memoria y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) afirmando que la ley, "prima facie, resulta contraria a derechos y garantías reconocidos por las constituciones de la Nación y la Provincia
y diversos tratados internacionales".
La reforma establecía un cambio en el artículo 171 del Código Procesal Penal de la provincia, instituyendo que "en ningún caso se concederá la excarcelación cuando hubiere indicios vehementes de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación". Ese fue el punto que se modificó para insistir con la norma.