Se promulgó la ley que incorpora el acoso sexual a menores por Internet al Código Penal
La denominada Ley de Grooming, que establece penas de 6 meses a 4 años de prisión para quien lo cometa, fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley que incorpora al Código Penal el delito de acoso sexual por Internet a menores de edad, conocido como "grooming" o "ciberacoso" sexual, por el cual se establecen penas que van de seis meses a cuatro años de prisión a quien lo cometa.
La norma 26.904 fue sancionada el 13 de noviembre pasado por el Senado y hoy quedó promulgada con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 2036\2013, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
La ley incorpora como artículo 131 del Código Penal el siguiente texto: "Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".