España: la infanta Cristina, imputada por blanqueo y delito fiscal
Para el juez, su marido "difícilmente" pudo defraudar sin conocimiento de ella, a quien le atribuyó la actitud de "mirar para otro lado", consignó el periodista Rafael de Miguel.
El juez José Castro ha imputado a la Infanta Cristina por un delito de blanqueo de capitales y otro fiscal presuntamente cometidos por la hija del Rey en su condición de copropietaria de Aizoon, empresa familiar a la que se desviaron más de un millón de euros públicos desde el Instituto Nóos.
El auto de 227 páginas, que acaban de recibir las partes, cita a la hija pequeña del Rey a declarar dentro de dos meses. Concretamente, el sábado 8 de marzo a las 10.00 horas de la mañana. El magistrado instructor del caso Urdangarin ha dado ese amplísimo margen con un obvio objetivo: que a la Audiencia Provincial de Palma le dé tiempo a fallar el más que seguro recurso de la Fiscalía Anticorrupción.
Los delitos que el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma atribuye a Doña Cristina están severamente castigados por el Código Penal. El blanqueo de capitales conlleva una pena de cárcel de hasta seis años, además de una multa que puede ser del triple de la cantidad de dinero lavada. El fiscal puede acarrear un máximo de cinco años de estancia en prisión y una sanción pecuniaria de hasta el séxtuplo de la cifra distraída a Hacienda.
El magistrado instructor sostiene que la contabilidad de Aizoon, sociedad instrumental que en estos momentos preside la duquesa de Palma, "distaba mucho de ajustarse a la realidad". Y tilda de "fiscalmente opaco" el reparto de dividendos entre los dos titulares de la empresa familiar: Cristina de Borbón y Grecia e Iñaki Urdangarin, consignó por Contiental Rafael de Miguel, director del Informativo de la Cadena Ser, integrante del Grupo Prisa.
Una de las acusaciones más graves del auto viene a continuación, casi sin solución de continuidad, en un párrafo que no deja lugar a la duda: "Esos ingresos [procedentes del reparto de dividendos fiscalmente opacos] nunca los tributó en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [IRPF]".