Apelaron a prisión perpetua a la mujer Quehua que no tuvo intérprete en el proceso judicial
La defensa oficial de Reina Maraz, de nacionalidad boliviana, solicitó un recurso para que se revea la sentencia por el asesinato de su marido.
La defensa oficial de Reina Maraz, mujer quechua parlante de nacionalidad boliviana que no tuvo intérprete en gran parte del proceso judicial y que fue condenada a prisión perpetua por el asesinato de su marido, solicitó un recurso para que se revea la sentencia que fue cuestionada por "violar derechos y desconocer la situación de violencia de género" de la que era víctima la mujer.
María Noemí Pérez, defensora general de Quilmes, presentó el recurso ante Casación por el fallo dictado por el Tribunal 1 de Quilmes (TOC), integrado por Silvia Etchemendi, Marcela Vissio y Florencia Gutiérrez, el último 28 de octubre, el que calificó "como arbitrario" ya que se basó en una "palmaria insuficiencia y absurda y errónea valoración" de la prueba.
La funcionaria señaló que "el proceder del TOC 1 conlleva un desconocimiento mayúsculo sobre la situación de violencia de género física y psicológica padecida por Maraz y a su vez implica un desconocimiento absoluto de la situación personal, familiar y social padecida por la persona por ellas juzgada, como así también un llamativo aislamiento fáctico-jurídico de las circunstancias particulares del caso en cuestión".
Agregó que "pareciera ser que la sentenciante no sólo hace oídos sordos, sino que hasta 'utiliza' las consecuencias propias de dicha violencia –la no denuncia- para valorarla en contra de la misma mujer violentada".
Con respecto a la imposibilidad de la mujer de comprender y darse a entender adecuadamente en lengua castellana –calificada como un indicio de mendacidad en la sentencia-, el recurso de la defensa afirmó que esa interpretación "conlleva la violación de los más elementales derechos constitucionales de la persona juzgada".
Enumero entre ellos "el derecho de defensa, el derecho a ser oído, el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación".
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) bonaerense publicó parte de la presentación judicial en su portal de noticias andaragencia.org, donde recordó que el programa de Litigio Estratégico del organismo "coincide con la presentación de la defensora general".
Esto, porque Pérez sostuvo que las juezas incurrieron "en una actitud parcial y arbitraria respecto de la prueba con selección de lo 'necesario' para imputar la coautoría" de Reina Maraz en el homicidio.
En ese sentido, la abogada consideró que "no se tuvieron en cuenta los aportes de las tres peritos que declararon en el juicio, que invalidaron la principal prueba de la acusación: la cámara Gessell realizada al hijo de 5 años de Reina, un año después del hecho".
A partir de la presentación, el Tribunal de Casación tendrá que resolver si hace lugar a los cuestionamientos realizados por la defensa, proceso que puede durar varios meses.
Por otro lado, la Sala VI del Tribunal de Casación Penal aceptó a la Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires como amicus curiae en la causa, luego de varios rechazos.
El 16 de noviembre de 2010 la mujer, embarazada de su tercer hijo, denunció en una comisaría de Florencio Varela la desaparición de su marido, Límber Santos, con quien había migrado desde una zona rural de Bolivia un año antes, junto a sus hijos de 5 y 3 años.
A los cuatro días el cuerpo de Santos apareció enterrado en los fondos de un terreno donde funcionan unos hornos de ladrillo donde ambos trabajaban, y ella fue detenida.
También estuvo preso por el hecho Tito Vilca, un vecino que peleó con Santos por una deuda de dinero, pero el hombre falleció en la cárcel sin poder dar testimonio en el juicio.
La mujer, una vez que tuvo una interprete, pudo relatar que era víctima de violencia y negó haber asesinado a su pareja, pero las juezas le dieron la pena máxima que ahora se pidió que se revise.