¿Cómo recuperar las percepciones por dólar tarjeta o dólar ahorro de 2014?
La percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales es para usuarios que no sean contribuyentes de esos tributos, sino monotributistas y trabajadores de sueldos inferiores.
El Gobierno empezó desde ayer lunes a devolver el dinero retenido a quienes desde 2012 hicieron gastos con tarjeta en moneda extranjera, comprar paquetes turísticos o dólar para ahorro, y además, no cumplen con la condición de ser contribuyentes ni del Impuesto a las Ganancias ni del Impuesto sobre los Bienes Personales, mientras que la percepción por consumos realizados en 2015 comenzará a ser devuelto a este universo en la segunda mitad del año, consignó por Continental Daniel Lejtman, socio del estudio Lisicki Litvin y Asociados.
Se trata de la percepción a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales de 20% aplicado por la AFIP en la modalidad "ahorro", y del 35% a los que realizaban compras con tarjeta, cuando el usuario no es contribuyente de esos tributos, sino monotributistas, trabajador con un sueldo bajo o no tiene existencia fiscal.
En el organismo estiman en unas 100.000 las personas que reclamaron la devolución de lo retenido durante la vigencia del cepo, y que dentro de los próximos 30 días recibirán en sus cuentas bancarias el dinero que les corresponde, si es que se adeudan percepciones de 2012, 2013 ó 2014. Los reclamos de bajo monto se devolverían en una sola cuota y para los casos de cifras más altas, sería en 2 ó 3 cuotas. La deuda entre 2012 y 2014 es de unos $ 10.000 promedio por contribuyente, y su devolución representará un esfuerzo fiscal de $ 1000 millones.
Lo retenido durante 2015 se devolvería recién en la segunda mitad de este año porque las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales vencen en junio próximo. Quienes no hicieron el reclamo pueden concretarlo a través de la página de Internet de la AFIP donde consta el "Procedimiento para la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera" (Formulario 746/A).