La ANSeS difundió los requisitos necesarios para acceder a la "Asignación por Embarazo para Protección Social", a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Esta asignación se abona desde el 1 de mayo de 2011, "sin generar derecho a retroactividad alguna por los meses de gestación previos a esa fecha".

El beneficio se abonará desde la decimosegunda semana de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo, siempre que no exceda de seis mensualidades, y quienes quieren acceder al beneficio tendrán que realizar estos trámites:

- Acreditar el estado de embarazo mediante la inscripción en el Plan Nacer del Ministerio de Salud.

- Acreditar que tanto la embarazada como su cónyuge o concubino son desocupados o monotributistas sociales o se desempeñen en la economía informal o en el servicio doméstico, percibiendo una remuneración igual o inferior al salario mínimo, vital y móvil.

- No ser beneficiarios de ninguna otra asignación familiar, excepción hecha de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

- No tener cobertura de obra social, a menos que la embarazada, su cónyuge o concubino sean monotributistas sociales, personal del servicio doméstico o trabajadores de temporada declarados con reserva de puesto de trabajo.