El Senado de la Nación aprobó este miércoles y giró a Diputados un proyecto de ley que deroga la figura del avenimiento del Código Penal.

El avenimiento establece la extinción de la acción penal en los casos de delitos sexuales en los que el delincuente se casa con la víctima, desde luego con el consentimiento de esta.

El Código, que se busca modificar con esta iniciativa, también establece que si la víctima “fuera mayor de 16 años, podrá proponer un avenimiento con el imputado”.

Añade que el tribunal podrá “excepcionalmente aceptar la propuesta que haya sido libremente formulada y en condiciones de plena igualdad, cuando, en consideración a la especial y comprobada relación afectiva prexistente, considere que es un modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima”.

El presidente de la Comisión de Legislación General, Pedro Guastavino, consideró que “es difícil de comprender que alguien que fue abusada, violada o sometida con violencia pueda establecer un vínculo de igualdad con su victimario”.

Guastavino recordó que la decisión del Senado de modificar el Código Penal se tomó tras el caso de Carla Figueroa, la joven pampeana que a fines del año pasado se casó con su violador y, al cabo de siete días de haber contraído matrimonio, fue asesinada por él.