La Justicia falló a favor de la Asociación de actores contra los empleados de Stravaganza
Fue por los incumplimientos del empresario Diwan de sus obligaciones legales como empleador del personal de la obra de Flavio Mendoza.
La justicia falló a favor de la Asociación Argentina de Actores (AAA) en un pleito planteado ante "los incumplimientos del empresario Diwan de sus obligaciones legales como empleador" del personal de la obra 'Stravaganza'.
El juzgado nacional de primera instancia 53 dictó una medida cautelar en el juicio "Asociación Argentina de Actores c/ Diwan Fucci Producciones Artísticas S.R.L s/ juicio sumarísimo", los productores del espectáculo 'Stravaganza', informó el gremio.
"Se preservaron así los derechos de actores y bailarines de las obras que produce la productora demandada. Se resolvió intimar a la empresa a suscribir los contratos de trabajo en el marco del convenio colectivo 307/73 de teatro y proceder de la forma prevista en el convenio firmado entre la AAA y la AADET", señaló.
La medida cautelar se fundamentó en el derecho vigente, que impide que los empleadores modifiquen el encuadramiento sindical y convencional de los trabajadores, y reconoció que no existen razones en el caso para obligar a los actores y bailarines a firmar contratos a través de otra organización sindical.
También se condenó a Diwan a cumplir sus obligaciones y a respetar las condiciones laborales vigentes hasta la fecha del cambio unilateral e ilegal de la empresa, sostuvo un comunicado.
La sentencia receptó la posición gremial, que desde el inicio del conflicto sostuvo con "sólidos argumentos la defensa del derecho adquirido de sus representados, quienes no pueden ser discriminados ni corresponde que ninguna productora -abusando de su poder-, les rebaje salarios y los encuadre en otro sindicato".
"Tampoco puede encuadrarlos en otro convenio colectivo y menos aún es lícito que se prive a los actores de los beneficios de su obra social (OSA) solidaria, que la empresa demandada pretende desfinanciar reteniendo indebidamente los aportes legales", dijo.
El gremio sostuvo que en caso de que la empresa incumpla la sentencia judicial, incurrirá en el delito de desobediencia, previsto en el artículo 239 del Código Penal.