La Justicia revocó la prisión domiciliaria de los imputados por los bloqueos en San Nicolas
La Cámara de Apelaciones de Dolores rechazó la prisión domiciliaria de los sindicalistas acusados, quienes tendrán que ir a una cárcel común.
La Cámara de Apelaciones de Dolores ratificó la prisión preventiva de los dos sindicalistas de Camioneros involucrados en los bloqueos a una distribuidora de alimentos de San Pedro.
En ese sentido, el organismo hizo lugar al pedido de lo parte denunciante de quitar el beneficio de la prisión domiciliaria que abía otrogado el juez Román Parodi,por lo que Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola deberán ir a una cárcel común.
"Hacer lugar a los recursos de apelación y nulidad interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y el particular damnificado intervinientes y en consecuencia anular dejando sin efecto la parte pertinente de la resolución en crisis: concesión de medidas de atenuación de la coerción como arresto domiciliario a los prevenidos (punto 3)", estableció el fallo.
Tanto la querella como la fiscal argumentaron que el hecho de los acuasdado gozen la reclusión con pulsera electrónica podría "entorpecer la investigación" Es por ese motivo que la Justicia determinó que no se justificaba el beneficio de la prisión domiciliaria.
Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola están acusados de protagonizar el bloqueo a una empresa familiar de la ciudad bonaerense de San Pedro.