El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar los centros de salud mental
La normativa simplifica la consulta con organismos de trabajo en el proceso de habilitación, y establece que la evaluación para la habilitación de establecimientos corresponda a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
El Gobierno nacional modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar los centros de salud mental y de consumos problemáticos mediante la derogación de una resolución del Ministerio de Salud anterior.
La nueva normativa, Resolución 6155/2024, promueve la habilitación de dispositivos y servicios de salud mental basados en la comunidad y la inclusión social, garantizando atención integral y con enfoque de derechos. La normativa también simplifica la consulta con organismos de trabajo en el proceso de habilitación, y establece que la evaluación para la habilitación de establecimientos corresponda a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Esta normativa resalta que la dirección mencionada puede clausurar establecimientos si no cumplen estándares higiénico-sanitarios. Asimismo, se especifican consideraciones generales que todos los establecimientos deben cumplir, desde su estructura hasta el modelo de historia clínica.
El proceso de habilitación se inicia con una solicitud a través de Trámites a Distancia, generando un expediente automático revisado por la Dirección Nacional de Habilitación. Tras un análisis y posible inspección, el inspector presentará un informe técnico. La comisión, si interviene, emitirá una opinión consultiva en 30 días.
Durante la fiscalización, inspecciones pueden abrir expedientes y generar actas relevantes. En el caso de no cumplir con las condiciones o estándares, la Dirección puede clausurar o suspender las habilitaciones y realizar sumarios de investigación.