El principal implicado reveló la estrategia de la defensa
Máximo Thompsen pidió hablar en el juicio. Al margen de lo puntual, lo que hizo fue develar en que se basará la defensa para buscar minimizar la condena.
Máximo Thompsen, el rugbier que es el principal imputado por ejecutar a Fernando Baéz Sosa a la salida de un boliche bailable en la localidad de Villa Gesell hace ya tres años, pidió declarar en el juicio oral y, más de sus dichos puntuales, lo que dejó claro fueron los argumentos y la estrategia de defensa que van a utilizar los asesinos.
En derecho penal hay un principio fundamental y básico: el in dubio pro reo, es decir, frente a cualquier duda, se debe estar a favor de acusado. Esa es la base: la duda.
Asimismo, Thompsen dijo ayer que, ya a la tarde “estaban medio mamados”, es decir, habían ingerido cantidades de alcohol suficientes para no tener total conciencia.
Otra de las cosas que dijo es que, cuando los patovicas lo sacan del boliche Le Brique, lo tomaron del cuello, pierde el aire y entra en shock. Es decir, ambas cosas sumadas llevan a concluir, que intentará valerse de un eximente de responsabilidad que establece el Código Penal.
El artículo 34 de dicho cuerpo legal, dice que no será punible “El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”.
A esto apunta Thompsen en principio. Borracho y en shock, no pudo comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
Lo segundo importante que ocurrió en las audiencias de ayer, fue que los testigos siempre hablaron de “pelea”, nunca de emboscada o de un plan articulado para matar, buscando desarmar la estrategia de la acusación. Thompsen dijo que jamás se le hubiese ocurrido matar a alguien. Esto conduce a un segundo pilar de la estrategia. Si no funciona el eximente de responsabilidad explicado en el parrafo anterior, van por el homicidio preterintencional.
El artículo 81 del Código Penal expresa: “ Se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años…b) Al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”. Esto describe un homicidio preterintencional, con una pena, que hasta podría darse por cumplida con la prisión preventiva que los rugbiers cursan hasta ahora.
Los análisis periodísticos, las lágrimas, los desajustes temporales en los relatos, la negativa a responder preguntas de la querella, son todas especulaciones, jurídicamente poco relevantes. Lo que es importante es que Thompsen reveló la estrategia de la defensa, o al menos de su defensa.
Paso u opción primera: mostrarse borracho y en shock, para directamente no ser punible. De no convencer de esto al Tribunal, la opción alternativa es: fue a pelear y mató sin querer hacerlo, sería homicidio preterintencional, y le quedaría muy poco tiempo de prisión, en el peor de los casos.
Ambas cosas, amparadas en el in dubio pro reo. Es decir, es la fiscalía y la querella quienes deberán probar que no estaba en esas condiciones de pérdida de su voluntad, y si pueden hacer eso, también deberán probar que el plan era matar y no simplemente golpear.
La presión social es fuerte y los jueces son seres humanos, pero la tarea de la acusación va ser compleja, cuando deban probar, con un 100% de certeza, el plan asesino para acabar con la vida de Fernando Baéz Sosa. Con un 1% de duda, el Tribunal no puede condenar por homicidio, simple o agravado.