Pepín Rodríguez Simón evita su indagatoria pidiendo asilo político en Uruguay
El operador judicial de Mauricio Macri estaba citado a prestar declaración indagatoria la semana próxima. Continentalweb había anticipado su procesamiento.
Fabián (alias Pepín) Rodríguez Simón, estaba acusado de integrar o tal vez liderar, la llamada mesa judicial del gobierno de Mauricio Macri y se lo investiga por funcionar como "operador judicial" del ex presidente, y condicionar magistrados para encarcelar ex funcionarios kirchneristas.
De hecho, la causa en que se lo investiga, fue iniciada por Cristobal López y Fabián De Souza y en ella, se lo acusa de pretender desapoderarlos de los medios de Grupo Indalo, presumiblemente para que transferirlo a personas de su "confianza".
Tal como había adelantado Continentalweb, su procesamiento estaba decidido (Ver adelanto aquí) por la jueza federal María Servini de Cubría, quien lleva adelante el proceso en que se lo enjuicia, y el llamado a indagatoria no era más que el requisito constitucional previo a ese procesamiento.
Simón, difundió una carta en la que expresa los motivos de su fuga y su pedido de asilo en Uruguay. En ella expresa que: "Esta campaña de difamación se convierte en una campaña de odio y hostigamiento en las redes sociales que me lleva a temer, además de por mi libertad, por mi seguridad personal si regreso a la Argentina" dice el operador.
Rodríguez Simón aclara que no volverá al país y que pidió asilo en Uruguay porque si lo hace "sería privado indebidamente de mi libertad, con peligro para mi seguridad personal, en el marco de causas judiciales amañadas como pretexto para encarcelarme”.
Es cierto que Servini tenía pensado procesarlo, también lo es que la idea era hacerlo sin prisión preventiva, y no lo es menos que en cada ocasión en que un juez llama a un encausado a indagatoria, es porque tiene pensado procesarlo porque goza de evidencias suficientes.
La indagatoria no es un elemento probatorio sino un acto de defensa donde el imputado esta autorizado constitucionalmente a mentir en su propio interés, por lo cual no es considerado ese acto por los magistrados, como un elemento desisorio para procesar o no a un imputado.