Una cautelar suspende los artículos del megaDNU que autorizan las Sociedades Anónimas Deportivas
La resolución judicial implica la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, así como de la reglamentación correspondiente a las SAD. Esta medida se mantendrá vigente hasta que se emita una sentencia definitiva sobre el asunto.
La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) ha recibido un fallo favorable por parte del Juzgado Federal de Mercedes, en el marco de un litigio en contra del modelo de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) que el gobierno de Javier Milei busca implementar. Este modelo permitiría a los clubes de fútbol incorporar accionistas privados en su estructura organizativa.
En su resolución, el juzgado accedió a la medida cautelar solicitada por la AFA, lo que implica la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, así como de la reglamentación correspondiente a las SAD. Esta medida se mantendrá vigente hasta que se emita una sentencia definitiva sobre el asunto, tal como fue informado por el portal Doble Amarilla.
El avance del gobierno en este tema no es nuevo; en agosto de este año, se renovaron los intentos por privatizar clubes a través de la conversión en sociedades anónimas. Este proceso fue formalizado mediante el Decreto 730/2024, que establece las pautas para la transformación de la estructura jurídica de las instituciones deportivas.
La normativa vigente establece que "las organizaciones integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que modifiquen o hayan modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida".
Adicionalmente, el decreto menciona que las "personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas" que se dediquen a "la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física" podrán integrarse al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, similar a lo que ocurre con las asociaciones civiles.